4 de junio de 2010

Medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.

El día 20 de Mayo de 2010 se aprobó esta norma con el objetivo de acelerar durante los años 2010 y 2011 la reducción del déficit público. En él se contienen las siguientes medidas:

 

          Reducir la masa salarial del sector público en un 5% en términos anuales. Dicho porcentaje de reducción variará en función de los cuerpos y escalas públicas del Estado y sus organismos. Esta reducción se aplicará a partir del 01 de Junio de 2010.

 

          En relación con los notarios y registradores mercantiles y de la propiedad, se aprueba una rebaja arancelaria del 5% para los documentos con cuantía, dejando sin cambios los honorarios fijos referidos a los documentos sin cuantía.

 

 

          Suspensión de la revalorización de las pensiones publicas en el 2011, excluyendo las pensiones mínimas, las no contributivas y las pensiones del extinguido SOVI no concurrentes.

 

          Supresión, para los nuevos solicitantes, de la retroactividad del pago de las prestaciones por dependencia. Tendrán derecho a percibirla a partir del día siguiente a la resolución por la que se aprueba el derecho a dicha prestación. Se  establece un plazo máximo de resolución, para la administración, de 6 meses desde la fecha de presentación de la solicitud, cuyo incumplimiento llevará aparejada la retroactividad desde la fecha en el que se cumpla el plazo máximo de resolución. (Ley 39/2006 de 14 de Diciembre de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia).


          Supresión de la prestación por nacimiento o adopción de hijo de 2.500 euros a partir del 01 de Enero de 2011 (Ley 35/2006 de la Ley del IRPF).

 

          Los nacimientos o adopciones que se produzcan durante el año 2010, siempre que la inscripción en el registro civil se produzca antes del 31de enero de 2011, tendrán derecho a la deducción por nacimiento o adopción. También tendrán derecho a la prestación por nacimiento o adopción de 2.500 en los mismos términos durante el año 2010.


          Modificación de los apartados 1 y 2 del Articulo 103 LIRPF, en los términos siguientes: Cuando la suma de las retenciones e ingresos a cuenta y pagos fraccionados del impuesto de la renta y la deducción de la prestación por nacimiento sea superior al importe de la cuota resultante de la autoliquidación, la administración podrá realizar una liquidación provisional si procede dentro de los 6 meses siguientes  a la presentación de la declaración de la renta. Si la cuota resultante resultase inferior la administración devolverá de oficio el exceso sobre la citada cuota.

 

          Reducción de los gastos de farmacia: Revisión del precio de los medicamentos excluidos del sistema de precios de referencia y adecuación del número de unidades de los envases de medicamentos a la duración estandarizada de los tratamientos, así como la dispensación de medicamentos en unidosis.

 

          Eliminación de la jubilación parcial prevista en la Ley 40/2007. Solo podrán acogerse a la modalidad de la jubilación parcial hasta el 31 de diciembre de 2012, establecido en el Art. 166.2 de la Ley General de Seguridad Social, siempre y cuando cumplan todos los requisitos para ello, los trabajadores afectados por compromisos adoptados en expedientes de regulación de empleo o por medio de convenios o acuerdos colectivos de empresa aprobados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente norma, en las siguientes edades:

o         60 años si el trabajador relevista, que le sustituye, es contratado a jornada completa mediante un contrato indefinido

o         60 años y 6 meses si el relevista es contratado en otras condiciones.

 

          Aprobación de medidas para garantizar la contribución de las entidades locales al esfuerzo de consolidación fiscal y mejora del control de la gestión económica financiera.

 

          Aprobación de medidas para un control más eficaz del gasto publico.

 

Real Decreto Ley 8/2010 de 20 de mayo

 

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Javier Gutiérrez Santolino

Dirección Financiera

Experiencia en área financiera superior a 15 años en diversos sectores como audiovisual, retail e inteligencia artificial siempre en entornos multinacionales.

Gestión de equipos y liderazgo. Diplomado en Ciencias Empresariales por la Universidad de Salamanca, Executive MBA en EAE. Inglés y Francés.