Canal de denuncias

3 de noviembre de 2023

Obligatoriedad del Canal de Denuncias

El pasado 16 de Febrero de 2023, el Congreso aprobó la Ley 2/2023 reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, por la que se traspone la Directiva 2019/1937 de la Unión Europea. Esta ley obliga a empresas y entidades a habilitar un canal de denuncias o canal interno de información con el objetivo de que empleados o cualquier tercero que tenga relación con la empresa, por ejemplo clientes o proveedores, puedan formular sus correspondientes denuncias con el fin de evitar conductas que sean ilegales dentro de la compañía siempre respetando el anonimato y la confidencialidad del denunciante.

Los actores que deben contar con un canal de denuncias son:

  • Las personas físicas o jurídicas del sector privado que tengan contratados 50 o más trabajadores.

Las empresas y organismos públicos con más de 250 empleados y entes locales que presenten servicios a más de 10.000 ciudadanos.

  • Personas jurídicas del sector privado que entren en el ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente independientemente del número de trabajadores con el que cuenten.
  • Las empresas que tengan un plan de Compliance, independientemente del número de trabajadores.
  • Los partidos políticos, los sindicatos, las patronales y las fundaciones creadas por unos y otros, siempre que reciban o gestionen fondos públicos.

La Ley 2/2023, de 20 de Febrero, establece sanciones según la gravedad de la infracción y distingue entre persona física o jurídica. En concreto, cuando son personas jurídicas, las sanciones fijadas son las siguientes:

Leves: hasta 100.000 €. Cuando la remisión de información se haga de forma incompleta, de manera deliberada por parte del Responsable del Sistema a la Autoridad o fuera del plazo concedido para ello; o si no se colabora con la investigación de informaciones.

Graves: entre 100.001 y 600.000 €. En el caso de incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas para garantizar la confidencialidad y secreto de las informaciones.

Muy graves: entre 600.001 y 1.000.000 €. Cuando se produce incumplimiento de la obligación de disponer de un sistema interno de información en los términos exigidos en la ley; se comunica o revela públicamente información a sabiendas de su falsedad; se vulnera las garantías de confidencialidad y anonimato; se adoptan represalias derivada de la comunicación frente a los informantes o las demás personas incluidas en el ámbito de protección; o se vulnera el deber de mantener secreto sobre cualquier aspecto relacionado con la información.

Además de lo anterior, en el caso de infracciones muy graves, la Autoridad Independiente de protección al informante (desde el momento en que haya sido finalmente constituida) podrá aplicar otras adicionales como amonestación pública, prohibición de obtener subvenciones u otros beneficios fiscales durante un plazo máximo de cuatro años o prohibición de contratar con el sector público durante un plazo máximo de tres años.

De conformidad con la Disposición Transitoria Segunda de la mencionada ley, el Canal de Denuncias será de aplicación de conformidad con los siguientes hitos:

1. Las Administraciones, organismos, empresas y demás entidades obligadas a contar con un Sistema interno de información deberán implantarlo en el plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en vigor de dicha ley, en concreto a partir del 13 de Junio de 2023.

2. Como excepción, en el caso de las entidades jurídicas del sector privado con doscientos cuarenta y nueve trabajadores o menos, así como de los municipios de menos de diez mil habitantes, el plazo previsto en el párrafo anterior se extenderá hasta el 1 de Diciembre de 2023.

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Javier Gutiérrez Santolino

Dirección Financiera

Experiencia en área financiera superior a 15 años en diversos sectores como audiovisual, retail e inteligencia artificial siempre en entornos multinacionales.

Gestión de equipos y liderazgo. Diplomado en Ciencias Empresariales por la Universidad de Salamanca, Executive MBA en EAE. Inglés y Francés.