5 de enero de 2011

MODELO 145 VIGENTE A PARTIR DE FEBRERO 2012

  

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Con fecha 30 de Enero de 2012, ha salido publicado en el BOE la Resolución del Departamento de Gestión Tributario de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el nuevo MODELO 145, aplicable a partir del 01 de Febrero del 2012.  El Modelo 145 ha de entregarse al trabajador cuando inicia la relación laboral con la empresa, o al inicio de cada año natural, con el fin de ajustar el tipo de retencion de IRPF en nómina con el adecuado a su situación familiar/personal. El trabajador es el obligado, o a lo largo del año natural, de informar a la Empresa cuando su situacion familiar/personal varíe. Hay que recordar que si el trabajador nos informa que tiene descendientes a su cargo, éstos han de ser menor de 25 años, y con rentas anuales, incluidas las exentas inferiores a 8.000 Euros anuales, y que convivan con el trabajador, o tener reconocida una discapacidad superior al 33%, reconocida mediante un informe emitido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma. Por norma general, si no se indica lo contrario, se computa por mitad, por tanto, si se computa por entero, habrá que informarlo en dicha comunicación. Si informa de que tiene a su cargo ascendientes con los que convive, éstos han de ser mayor de 65 años. Si informa que paga anualidades por alimentos, el perceptor (trabajador) tiene que acompañar al Modelo 145, testimonio literal, total o parcial, de la resolución judicial que determine la pensión compensatoria y, en su caso, la anualidad por alimentos.

La novedad fundamental radica en la casilla destinada a informar de cantidades que destina para la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual, y que suponen una disminución del tipo de retención en dos puntos enteros, que se aplica al:

– Perceptor que haya efectuado pagos por préstamos para la adquisicion o rehabilitacion de una vivienda, por el que vaya a tener derecho a deducción por inversión en vivienda habitual, cuyos rendimientos íntegros del trabajo sean inferiores  a 33.007,20 Euros anuales.

 modelo-145.pdf

Mas información en www.madom.es o [email protected]

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Candela Villa Muñoz

Administración y Finanzas