Motivada por la subida de los tipos impositivos del IVA (21% tipo general y 10% tipo reducido), a partir del 1 de septiembre de 2012 y por la tributación a un tipo impositivo distinto de determinadas categorías de bienes y servicios, con fecha de hoy día 24/10/2012 y con entrada en vigor en la misma fecha, se ha publicado la Orden HAP/2259/2012 de 22 de Octubre, que modifica los módulos del régimen simplificado del IVA.
Como consecuencia de esta modificación, se establece un plazo especial de renuncia, desde el día 25/10/2012 y a lo largo del mes de noviembre de 2012, que exclusivamente podrá realizarse de forma expresa en aras de una mayor seguridad jurídica. Dicha renuncia tendrá efectos desde el 1 de enero de 2013, en el caso del método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el caso del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, tendrá efectos desde el 1 de octubre de 2012, para los titulares de las actividades afectadas.