El Consejo de Ministros ha elevado hasta los 1.080 euros mensuales el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el año 2023. El SMI se ha incrementado un 47% en los últimos 5 años. El incremento 2023 supone un 8% respecto al año anterior.
https://boe.es/boe/dias/2023/02/15/pdfs/BOE-A-2023-3982.pdf
El SMI aplica para todas las actividades en la agricultura, la industria y los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, y queda fijado en dicha cantidad bruta mensual en 14 pagas (15.120 euros brutos anuales). También aplica tanto para las personas trabajadoras que son fijas como para las que son eventuales o temporeras, y también para las empleadas y empleados del hogar:
- El salario de las personas trabajadoras eventuales, así como el de las temporeras y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días, no puede ser inferior a 51,15 euros por jornada.
- En el caso de las empleadas y empleados del hogar que trabajen por horas, el salario mínimo es de 8,45 euros por hora efectivamente trabajada.
Por último, el incremento se aplica con carácter retroactivo al 1 de enero de 2023.