26 de noviembre de 2025

Planificación fiscal 2025: decisiones clave antes del 31 de diciembre para reducir su IRPF

A medida que se acerca el final del ejercicio fiscal 2025, es fundamental que los contribuyentes revisen su situación tributaria y valoren qué actuaciones pueden realizar para reducir su liquidación del IRPF de forma totalmente legal y conforme a la normativa vigente. La planificación fiscal no consiste únicamente en aplicar deducciones, sino en anticipar decisiones patrimoniales, inversiones, aportaciones y gastos que deben ejecutarse antes del 31 de diciembre para surtir efecto en la declaración del próximo año.

En MADOM, como firma especializada en fiscalidad y planificación patrimonial, recordamos las principales medidas que un contribuyente puede considerar. Todas ellas pueden tener un impacto relevante en la cuota final y requieren analizar el caso particular para aplicarse correctamente.


1. Reducción por alquiler de vivienda habitual

Los arrendadores que alquilan inmuebles destinados a vivienda pueden aplicar una reducción del 50 % sobre el rendimiento neto positivo declarado en contratos firmados a partir del 1 de enero de 2024.

Además, la normativa prevé reducciones superiores en supuestos específicos, como:

  • Viviendas situadas en zonas de mercado residencial tensionado cuando exista rebaja en el alquiler respecto al contrato anterior.
  • Arrendamientos destinados a inquilinos jóvenes en zonas tensionadas.
  • Otros supuestos previstos en la Ley por el derecho a la vivienda.

Los contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023 mantienen la reducción del 60 %.


2. Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación

El contribuyente puede deducir el 50 % de las cantidades destinadas a la suscripción de acciones o participaciones en start-ups o empresas recientes, con una base máxima anual de 100.000 €.

Para aplicarla deben cumplirse varios requisitos:

  • La inversión debe realizarse en el momento de la constitución o en ampliaciones de capital dentro de los 5 años posteriores (o 7 años para categorías concretas de empresas emergentes).
  • La participación debe mantenerse entre 3 y 12 años.
  • Los socios fundadores de empresas emergentes también pueden aplicarla, sin límite de porcentaje de participación.

Esta deducción es especialmente interesante para quienes desean diversificar inversiones o participar en proyectos empresariales con alto potencial.


3. Amortización anticipada de hipoteca con deducción por vivienda habitual

Las personas que todavía disfrutan del régimen transitorio de deducción por inversión en vivienda habitual pueden valorar realizar una amortización anticipada del préstamo hipotecario antes de final de año para maximizar la deducción, siempre dentro de los límites legales.


4. Exención por constitución de renta vitalicia para mayores de 65 años

Los contribuyentes mayores de 65 años pueden excluir de tributación las ganancias patrimoniales derivadas de la venta de bienes (no solo inmuebles) si reinvierten el importe obtenido —total o parcial— en una renta vitalicia asegurada en un plazo de seis meses.

La cuantía máxima que puede destinarse para disfrutar de esta exención es de 240.000 €.


5. Deducción por compra de vehículos eléctricos enchufables

Es posible deducir el 15 % del valor de adquisición de un vehículo eléctrico nuevo no afecto a actividad económica, adquirido entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2025.

Aspectos clave:

  • Base máxima: 20.000 €.
  • También aplicable si el contribuyente paga al menos el 25 % del importe como anticipo formalizado antes del 31 de diciembre.
  • El vehículo debe adquirirse antes de que finalice el segundo ejercicio posterior al anticipo.
  • El precio no puede superar los importes máximos fijados en el RD 266/2021.

6. Deducción por instalación de puntos de recarga

Los contribuyentes podrán deducir un 15 % de las cantidades satisfechas desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025 por la instalación de sistemas de recarga en inmuebles de su propiedad, con una base máxima de 4.000 € anuales.


7. Deducción por obras de rehabilitación energética

Para viviendas ubicadas en edificios de uso predominante residencial, las obras de rehabilitación energética realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2025 permiten deducir el 60 % de los importes satisfechos.

Requisitos imprescindibles:

  • Certificado de eficiencia energética previo a las obras.
  • Certificado de eficiencia energética posterior a las obras, acreditando la mejora.

Sin estos certificados, la deducción no puede aplicarse.


8. Libertad de amortización para empresarios y profesionales

Los autónomos y empresas que inviertan en determinados vehículos eléctricos destinados a la actividad (FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV), o en infraestructuras de recarga afectas a la actividad, podrán aplicar libertad de amortización siempre que los activos entren en funcionamiento en 2024 o 2025.

Esta medida permite adelantar gasto fiscal, reduciendo de forma significativa el rendimiento neto.


9. Aportaciones a sistemas de previsión social

Las aportaciones realizadas a planes de pensiones, PPSE, planes asegurados o seguros de dependencia reducen la base imponible con los siguientes límites:

  • 1.500 € anuales, ampliables en 8.500 € si proceden de contribuciones empresariales o aportaciones del trabajador bajo ciertas condiciones.
  • Los autónomos pueden aportar 4.250 € adicionales cuando se trate de planes sectoriales u otros previstos en la norma.

10. Aportaciones al plan de pensiones del cónyuge

Si el cónyuge no obtiene rendimientos del trabajo o actividad económica, o son inferiores a 8.000 €, el contribuyente puede reducir su base imponible hasta 1.000 € anuales adicionales mediante aportaciones a su favor.


11. Deducciones por donativos

Los donativos a ONG, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro permiten aplicar deducciones en la cuota del IRPF. Dependiendo del tipo de entidad y del importe donado, los porcentajes pueden ser especialmente ventajosos.


Conclusión: el momento de actuar es ahora

La planificación fiscal de final de año no debe improvisarse. Muchas de las medidas mencionadas solo pueden aplicarse si se ejecutan antes del 31 de diciembre, y requieren verificar requisitos, límites y documentación.

En MADOM recomendamos analizar cada caso de forma individual para maximizar los beneficios y cumplir rigurosamente la normativa vigente. Una buena planificación permite:

  • Reducir la tributación del IRPF.
  • Optimizar decisiones patrimoniales y de inversión.
  • Evitar errores o pérdidas de deducciones.
  • Ordenar mejor la estrategia financiera personal o empresarial.

Si necesita asesoramiento para revisar su fiscalidad antes del cierre del ejercicio, nuestro equipo estará encantado de ayudarle. [email protected] – 91 665 82 38

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Lorenz K. Dos Ramos Noto

Asesora Laboral

Profesional titulada en psicología industrial con más de 10 años de experiencia trabajando con clientes nacionales e internacionales, especializada en el área administrativa de nóminas, y con estudios de especialización en gestión y payroll